Apoyo para Madres Solteras y Trabajadoras: Conoce cómo registrarte este agosto.

Miles de madres en México enfrentan el gran reto de equilibrar el trabajo y la crianza de sus hijos sin el respaldo de guarderías públicas o redes de apoyo. Por ello, el Gobierno Federal lanza año con año el Apoyo para Madres Solteras y Trabajadoras, también conocido como la Pensión para Madres Trabajadoras.

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Este 2025, los registros se llevarán a cabo durante el mes de agosto. Si eres madre o tutora de un menor y cumples con los requisitos, este programa puede ofrecerte hasta $3,720 pesos bimestrales para ayudarte con los gastos del cuidado infantil.

En esta entrada te explicamos de forma clara y detallada cómo funciona este apoyo, quiénes pueden solicitarlo, cuánto dinero otorga, qué documentos necesitas y cómo realizar tu registro.

¿Qué es el Apoyo para Madres Solteras y Trabajadoras?

Se trata de un programa impulsado por la Secretaría del Bienestar que brinda un apoyo económico directo a madres, padres o tutores legales que tienen a su cargo niñas o niños pequeños, especialmente en condiciones de vulnerabilidad económica y sin acceso a guarderías públicas.

Este subsidio permite que muchas mujeres puedan seguir trabajando, estudiando o buscando empleo mientras cuidan de sus hijos, contribuyendo así a su independencia económica y bienestar familiar.

¿Quiénes pueden solicitar este apoyo?

Este programa está dirigido a personas que cumplen con los siguientes criterios:

  • Madres solteras, viudas, separadas o divorciadas que trabajan, estudian o están buscando empleo.

  • Padres solos o tutores legales que se hacen cargo de menores y no tienen acceso a guarderías del IMSS o ISSSTE.

  • Familias que no estén afiliadas a instituciones de seguridad social.

  • Personas que cuidan a menores con alguna discapacidad.

Es importante mencionar que el apoyo se otorga por cada menor a cargo, siempre que se cumpla con los requisitos establecidos.

¿De cuánto es el apoyo y a quién está dirigido?

El monto que puedes recibir depende de la edad y condición del menor:

  • $1,650 pesos bimestrales por cada niño o niña menor de 4 años sin discapacidad.

  • $3,720 pesos bimestrales si el menor tiene una discapacidad (hasta los 6 años).

Este dinero se entrega directamente a través de la Tarjeta del Bienestar, sin intermediarios ni necesidad de acudir cada mes a hacer filas.

Cabe destacar que el programa tiene un límite de hasta tres niñas o niños por hogar, a menos que se trate de una situación especial justificada.

¿Cuándo y cómo puedes registrarte?

El proceso de inscripción para este apoyo inicia en agosto de 2025 y se realiza de manera presencial en los Módulos del Bienestar que estarán activos en todo el país. Si no sabes dónde se encuentra el módulo más cercano a tu domicilio, puedes comunicarte a la Línea del Bienestar: 800 639 42 64, donde te brindarán información y orientación gratuita.

También puedes visitar el sitio oficial de la Secretaría del Bienestar o seguir sus redes sociales para estar al tanto de las fechas y ubicaciones específicas en tu municipio.

Recomendaciones importantes:

  • Llega temprano al módulo, ya que suele haber mucha demanda.

  • Revisa muy bien que llevas todos tus documentos completos y legibles.

  • Si tienes hijos con discapacidad, asegúrate de presentar los certificados médicos correspondientes.

¿Qué documentos necesitas para registrarte?

Al acudir al Módulo del Bienestar, debes presentar los siguientes documentos en original y copia:

Documentos del padre, madre o tutor:

  • Identificación oficial vigente (INE, pasaporte, cédula profesional).

  • CURP actualizado.

  • Comprobante de domicilio no mayor a tres meses (recibo de luz, agua, teléfono o constancia de residencia).

  • Documento que acredite tu ocupación: si estudias, presentas constancia escolar; si trabajas, una carta laboral o constancia; si estás buscando empleo, puedes llenar una carta bajo protesta de decir verdad.

  • Carta de no afiliación al IMSS o ISSSTE, si aplica.

Documentos del menor:

  • Acta de nacimiento.

  • CURP del menor.

  • En caso de discapacidad, certificado médico emitido por institución pública.

  • Si el menor está en orfandad materna, deberás presentar también el acta de defunción de la madre y documento legal que te acredite como tutor.

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